Ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad industrial de la Comunitat Valenciana 2026
Ayer
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que satisfagan lo establecido el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que hayan sido efectivamente pagados entre el 1 de enero y la fecha máxima de justificación, y se encuadren en alguna de las categorías previstas en el resuelvo séptimo de la Resolución de convocatoria.
- Son reglas aplicables a los conceptos de gasto subvencionable las enumeradas en el apartado 2 del resuelvo séptimo de la Resolución de convocatoria.
- La justificación a la empresa auditora de los gastos subvencionables se hará en los términos del apartado 3 del resuelvo séptimo de la Resolución de convocatoria.
15/04/2026 09:53 | AdmonVLC2
URL oficial/canónica: https://www.emprenemjunts.es/?op=13&n=22974

